Deejayphobia

Deejayphobia

Deejayphobia 1200 630 Rafa Mendoza

La primera acepción de la palabra “fobia” en la RAE es “Aversión exagerada alguien o a algo”, la segunda también vendrá al caso: “Temor angustioso e incontrolable ante ciertos actos, ideas, objetos o situaciones, que se sabe absurdo y se aproxima a la obsesión”.
¿Por qué comento esto y que tiene que ver con los DJs? Es una realidad que somos uno de los colectivos más castigados en esta pandemia, hemos sido los primeros en irnos, y seguramente seremos los últimos en volver a nuestro trabajo. Durante todo este tiempo hemos visto como se nos privado de un derecho fundamental como es el trabajo. Un derecho personalísimo del individuo, constitucional y del que los gobernantes deben ser nuestros garantes.


Hasta aquí parece que estoy relatando obviedades, pero a veces lo más esencial se olvida y entramos en una dinámica en que lo extraordinario se convierte en normal.
Y hay cosas que son bastante anormales en esta pandemia, vaya por delante que nuestro colectivo ha sido uno de los más solidarios durante el estado de alarma, hemos hecho directos por streaming y animado de todas las formas posibles, por el contrario, solo hemos recibido el rechazo de los gobernantes hacia nuestra figura.
No soy un negacionista, de hecho, creo que muy pocos en nuestra profesión lo sean, por tanto, no se nos puede tachar de insolidarios, entendemos perfectamente que se debe actuar con contundencia ante una situación crítica de interés nacional. El problema es cuando se argumentan “medias verdades”… No se puede invocar a “Europa” cuando se aplican medidas restrictivas del estilo de Inglaterra o Alemania, pero a cambio el nivel de las ayudas es casi inexistente. Porque esto es lo primero que se ha de reclamar: Uno de los colectivos más afectados no tiene ayudas específicas.
También desde la administración gestora de esta pandemia se han hecho campañas de concienciación como la conocida “Pim pam fuera” utilizando la imagen de DJs y clubs como un mal ejemplo. Se ha de decir que se han escudado en que actualmente somos una “actividad prohibida”, pero volvemos a lo anterior, somos una actividad -legal- que ha sido prohibida (y que paga impuestos), es una situación temporal y excepcional. Parece mentira que sea la misma administración la que “queme a lo bonzo” una de sus fuentes de negocio y proyección internacional, ya que España es una de las primeras potencias mundiales en cultura de club (Ibiza, Madrid, Barcelona, Valencia, festivales como Sonar, Unite Tomorrowland, Medusa, etc.) aportando el 1,8% del PIB y 400.000 empleos directos, muchos de ellos de jóvenes en su primer trabajo.
Luego está la forma en como se hace. Cuando una actividad legal se prohíbe, se ha de indemnizar (no “ayudar”) y no es una cuestión menor, ya que implica resarcir el daño emergente y el lucro cesante, dicho de otra manera, compensar lo que se ha perdido y lo que se ha dejado de ganar. En Europa se han acercado bastante a este concepto, principalmente en Alemania. Nosotros en ese aspecto estamos más cerca de África.
En resumen, cuando una actividad legal o un derecho se prohíben y se nos pide un sacrificio, el compromiso va en dos direcciones, y no solo por parte del ciudadano, sino también por parte de la administración compensando -adecuadamente- el derecho al trabajo del que se nos ha privado. Sobre este particular hay situaciones análogas, basados en principios y normas de nuestro ordenamiento jurídico que deberían ser aplicadas para proteger a la parte más débil.
En primer lugar, “El cumplimiento de la ley no exige héroes”. Esta es una reiterada jurisprudencia del TS en derecho penal, en la cual, no se exige al ciudadano una actitud que sobrepase los límites razonables en una situación de riesgo. Y aquí el Estado nos ha privado del derecho al trabajo, exigiendo un sacrificio personal, sin ningún tipo de compensación.
La segunda es la aplicación del justiprecio en una expropiación forzosa recogido en el art 33.1 de la Constitución y que establece un derecho a la indemnización por la expropiación forzosa de un bien en aras del “bien común”, esta doctrina, trasladada a este caso se trata de un bien todavía superior ya que el trabajo es un bien de carácter “personalísimo e inviolable”, el cual, si se prohíbe, requiere también de su correspondiente indemnización.
Supongo que algún purista en derecho podría decir que mi argumentación se basa en analogías de diferentes ramas del derecho y que no se ajusta al caso en concreto. En cualquier caso, se trata de una norma arraigada en nuestro ordenamiento jurídico que avala -como principio general del derecho- que cualquier limitación o supresión de derechos deben ser indemnizados.
Pero todo lo expuesto se podría encuadrar dentro de “injusticias” ¿por qué hablo de “fobias”?
La fobia supone ir un paso más allá, como he dicho en la introducción una “aversión exagerada”, y esto ha sucedido en la Comunidad Valenciana en este final de año. Allí se ha prohibido a las discotecas (que abren provisionalmente con licencia diurna de bar) que trabajen los DJs, no han prohibido que pongan música (que lo pueden hacer), sino específicamente que el DJ no trabaje, la pregunta es ¿por qué?
¿Por qué se puede abrir una discoteca con música y sin DJ? ¿Algún experto me lo puede explicar? ¿Qué incidencia tiene la presencia de un DJ en el incremento de contagios? ¿Acaso no es otro trabajador? ¿Por qué se nos priva de nuestro derecho constitucional?
Posiblemente quienes toman este tipo de decisiones no se den cuenta de que la música sonará -igual- y la incidencia en contagios es cero, con la diferencia de que la ambientación será mejor y habrá un profesional que trabaja. En cualquier caso, no se aporta ningún tipo de razonamiento científico que recomiende la supresión del DJ ¿Nuestro trabajo depende de especulaciones?
Y es aquí cuando todo se pervierte, y lo anormal se convierte en normal sin ningún tipo de pudor, donde la decisión de si trabaja un colectivo o no puede pasar por alguien que desconoce nuestro trabajo y nuestra función.
La cuestión es ¿el sacrificio de nuestro colectivo es absolutamente necesario? En mi opinión no se justifica, básicamente porque ha habido ensayos en Barcelona que contradicen todo lo anterior, concretamente en un concierto piloto de la Sala Apolo celebrado el 12 de diciembre, donde ninguno de los 463 asistentes se contagió de COVID-19. El concierto se celebró sin distancia de seguridad, pero con test de antígenos y pruebas PCR.
Por tanto, nadie -aparentemente- puede vincular la música al incremento de casos, de hecho, las salas llevan cerradas en su mayoría casi 10 meses. Lo que sí es una verdad absoluta es que los decibelios no transmiten per se ningún tipo de enfermedad, es en todo caso la actitud, educación y concienciación de la población -que no del trabajador- y debe garantizarse con medidas de seguridad, control y orden público por parte de las autoridades, no a través de la limitación de derechos fundamentales a trabajadores.
Y es que en general, todo el mundo intenta buscar culpables, pero en esta pandemia debe aplicarse sobre todo la autocrítica. Los botellones, las colas en el centro de las ciudades, las fiestas ilegales, los puentes festivos y desplazamientos, el descontrol de aforo en el transporte público, el relajamiento en general… Nada de eso es culpa de los clubs ni de los DJs. Todos queremos un ocio seguro. Empecemos por hacer autocrítica y acabar con la “deejayphobia”.
Rafa Mendoza
DJ – Abogado
Socio AEDYP

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